Sérgio Moro: Voy directamente al análisis, Presidente. El Sustituto de la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley nº 226 retorna para deliberación del Senado Federal, tras revisión por la Cámara de Diputados, conforme a lo dispuesto en el art. 65 de la Constitución Federal y en los arts. 285, 286 y 287 del Reglamento Interno del Senado Federal.
En primer lugar es importante informar que el referido texto está adecuado en cuanto a los aspectos formales de constitucionalidad, juridicidad y regimentalidad, no existiendo obstáculo en ese sentido para su aprobación.
Sérgio Moro: En cuanto al mérito, en nuestro punto de vista, el sustituto de la Cámara de Diputados perfeccionó el texto de la proposición en dos puntos, ambos en el caput del art. 310-A, respecto del proyecto: (a) la alusión a los delitos contra la dignidad sexual, más abarcadora que la hecha a los delitos contra la libertad sexual y delitos sexuales contra vulnerables, y (b) la mención hecha a los delitos hediondos.
Sérgio Moro: En efecto, esas modificaciones amplían los supuestos de toma de material biológico del detenido en flagrante delito, siendo, por lo tanto, medidas que contribuyen a la investigación penal y a la seguridad de la sociedad.
