Sérgio Moro: De ahí también la imprescindibilidad de la previsión contenida en el §6º, suprimida por la Cámara revisora, pues se pretende que el juez obligatoriamente se pronuncie sobre las circunstancias del §5º, de modo de reducir la concesión indiscriminada de libertad provisional en la audiencia de custodia.
Sérgio Moro: Con respecto a la toma de material biológico, entendemos que no es necesaria la presencia de un perito para realizarla.
Ese profesional es necesario para la confección del informe pericial, no para la recolección del material, siempre que se mantengan las precauciones con la custodia.
Sérgio Moro: Además, no existe cantidad suficiente de peritos disponibles para hacer frente a la demanda que se imagina tras la aprobación de este proyecto de ley.
Sérgio Moro: Presentaremos únicamente una enmienda de redacción para sustituir en el caput del art. 310 la expresión 'delegado de polícia' por 'autoridade policial', que ya está consagrada en el Código de Proceso Penal.
