Sérgio Moro: Además, no existe cantidad suficiente de peritos disponibles para hacer frente a la demanda que se imagina tras la aprobación de este proyecto de ley.
Sérgio Moro: Presentaremos únicamente una enmienda de redacción para sustituir en el caput del art. 310 la expresión 'delegado de polícia' por 'autoridade policial', que ya está consagrada en el Código de Proceso Penal.
El voto. Por lo expuesto, votamos por el rechazo del sustituto de la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley nº 226, de 2024, excepto por la redacción dada al caput del art. 310-A, agregado al Código de Proceso Penal, con enmienda de redacción a continuación presentada, manteniéndose, en relación con todo lo demás, el texto del proyecto aprobado por el Senado Federal.
Sérgio Moro: Enmienda de Plenario de Redacción: Dése al caput del art. 310-A, agregado al Código de Proceso Penal por el Sustituto de la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley nº 226, de 2024, la siguiente redacción.
Sérgio Moro: Art. 310-A. En caso de prisión en flagrante por delito cometido con violencia o grave amenaza contra la persona, por delito contra la dignidad sexual o de agente respecto del cual existan elementos probatorios que indiquen integrar organización criminal que utilice o tenga a su disposición armas de fuego, así como relativos a delitos previstos en el art. 1º de la Ley 8.072, el Ministerio Público o la autoridad policial deberá requerir al juez la recolección de material biológico para obtención y almacenamiento del perfil genético del detenidо, en la forma de la Ley n.º 12.037, de 1 de octubre de 2009.
